Entre
finales del 2011 e inicios del 2012 se conocieron importantes novedades
reglamentarias y legales para el sector de la infraestructura que vale la pena
reseñar. Quizá la más importante es la expedición, el pasado 10 de enero, de la Ley 1508 de 2012,
conocida como la Ley de Asociaciones Público Privadas
que extiende y fortalece
los mecanismos ya conocidos en el sector transporte (gracias a las concesiones)
y a otros sectores de la economía, y le da impulso a las iniciativas privadas,
que podrían contribuir al avance de la infraestructura nacional.
De otra parte, el
Presidente Santos utilizó las facultades otorgadas por el Congreso,
El presidente Santos para modernizar el Estado, expidió un número
significativo de decretos con fuerza de ley, varios de los cuales involucran
directamente al sector de la infraestructura.
El primero de dichos
decretos trasladó de la Aeronáutica Civil al INCO las funciones relacionadas
con el manejo de las concesiones aeroportuarias, y el decreto subsiguiente, transformó
al INCO en la nueva Agencia Nacional de Infraestructura, que ya todos conocen
como la ANI, a pesar de la infortunada homonimia con otra nueva agencia
estatal, la de Inteligencia. Dentro del mismo impulso modernizador, el
presidente Santos creó la nueva Agencia Nacional de Contratación, apodada innecesariamente
desde el propio decreto con el extraño apellido institucional de “Colombia
Compra Eficiente”. Esta Agencia, adscrita al Departamento Nacional de
Planeación, administrará los sistemas tecnológicos y de información de la
contratación pública, promoverá la eficiencia en las compras públicas; y, quizá
lo más importante, ejercerá una labor pedagógica,
Capacitadora y divulgadora
de las mejores prácticas en esa materia.
También será el
laboratorio a través del cual se prepararán las eventuales reformas legales y
reglamentarias al régimen de los contratos públicos en Colombia.
La reforma al Estado
también nos dejó la creación de una nueva entidad: la Agencia Nacional de
Licencias Ambientales, que, con base en los procedimientos más ágiles establecidos
en la Ley del Plan de Desarrollo, quizá logre destrabar el trámite de este tipo
de permisos; por supuesto, sin abandonar su principal deber de garante del
cumplimiento de las normas ambientales. De otra parte, a principios del año, y también
utilizando las facultades legislativas que al amparo de la Constitución le otorgó el Congreso, el señor Presidente expidió
un extenso “Decreto Anti trámites” que introdujo importantes
modificaciones a los procedimientos de la contratación pública en Colombia. Se
reducen al mínimo las publicaciones, se unifican los sistemas de información
contractual; y quizá, lo más importante, se modifica el Registro Único de
Proponentes para que en él conste solo la información sobre los requisitos
habilitantes, sin calificaciones o puntajes de ningún tipo.
Revista Infraestructura y desarrollo
Hola buenos días Luciano, Muy bueno el contenido de tu Blog, ya que nos concientisa sobre el estado de las vías de Colombia, a causa de esto, cada día ocurren tantos accidentes
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